Autoridad Certificadora Acreditada por Banco de México
Cecoban fue la primera institución autorizada por Banco de México para emitir Certificados Digitales con reconocimiento en el Sector Financiero y bajo las disposiciones establecidas en la Infraestructura Extendida de seguridad. A través de nuestras Agencias Certificadora y Registradora ofrecemos servicios para la emisión de Certificados Digitales bajo estándares internacionales.
Estamos a sus órdenes para apoyarles al logro de objetivos en materia de Seguridad de la información, garantizando aspectos de Confidencialidad, Autenticidad, Integridad y Aceptación de autoría al firmar sus documentos electrónicos a través de nuestros Certificados Digitales con reconocimiento en el ámbito financiero.
La operación de Cecoban de emisión y administración de Firma Electrónica avalada en el ámbito financiero, bajo el sistema de “Infraestructura Extendida de Seguridad” IES, está diseñado y supervisado por Banco de México para ofrecer a las Instituciones de Crédito y del sector respectivo los servicios de emisión y registro de Certificados Digitales.
Cecoban y Banxico elaboraron las reglas y procedimientos sobre las prácticas de certificación para la Agencia Certificadora (Entidad Emisora de los Certificados Digitales), además de las reglas y procedimientos de operación para la Agencia Registradora (facultada para registrar, administrar y revocar Certificados Digitales), que se encuentran dentro del apartado ”Agencia Certificadora y Agencia Registradora” de este portal.
¿Qué es la “Infraestructura Extendida de Seguridad” (IES) ?
La Infraestructura Extendida de Seguridad (IES) es un sistema diseñado por Banco de México que administra Certificados Digitales en donde su objetivo es dar mayor seguridad y confianza a las operaciones financieras que se realizan a través de los medios electrónicos, además de atribuir la autoría válida de Mensajes de Datos mediante el uso de Firmas Electrónicas y Certificados Digitales.
Para lograr este objetivo, la IES mantiene el control sobre las claves públicas que se utilicen en la verificación de las firmas electrónicas, mediante la expedición y administración de Certificados Digitales.
Para mayor información puede consultar la página de internet del Banco de México.
Funciones de la IES
Cecoban, S.A. de C.V. actúa como Agencia Registradora y Agencia Certificadora mediante autorización otorgada por el Banco de México, por lo que queda integrada en el modelo de organización de la IES, como se muestra a continuación:
La estructura de organización de la IES establecida por el Banco de México es flexible al ser independiente del sistema criptográfico que se use. La estructura puede crecer gradualmente de acuerdo a las necesidades de los diferentes usuarios y permite que la administración de los Certificados Digitales quede distribuida entre diversos participantes, estableciendo para ello varios servidores de Certificados Digitales interconectados para satisfacer en forma ágil los requerimientos de los usuarios.
Funciones de los participantes de la IES.
Las funciones que desempeña cada uno de los participantes de la IES se describen a continuación:
Agencia Registradora Central (ARC).
Agencia Registradora (AR).
Agencia Certificadora (AC).
Agente Certificador (AgC).
Titulares (Usuarios).
Agencia Registradora (AR)
La Agencia Registradora Cecoban, cumple con las disposiciones del Banco de México de acuerdo a la Circular-Telefax 6/2005 emitida el 15 de marzo de 2005
En el evento de que la AR de que se trate sea la única autorizada con tal carácter en la IES, o bien, que por cualquier circunstancia no le sea posible transferir la referida base de datos a otra AR, deberá transmitir a Banco de México, en su carácter de ARC, la citada base de datos de los Certificados Digitales, en la forma y términos que ésta le indique, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha en que haya revocado el último Certificado Digital. Asimismo, deberá proporcionarle la demás información que el Banco de México, en su aludido carácter, le requiera.
En cualquiera de los supuestos antes señalados, la AR de que se trate, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud de revocación del Certificado Digital de AR, deberá notificar a los Titulares cuyos Certificados Digitales administra, su intención de dejar de actuar como AR, así como, en su caso, la fecha en que revocará tales Certificados Digitales. La fecha de dichas revocaciones no podrá ser inferior a 15 ni superior a 20 días hábiles contados a partir de la fecha en que haya hecho la notificación a los aludidos Titulares.
Agencia Certificadora (AC)
La Agencia Certificadora Cecoban, cumple con las disposiciones del Banco de México de acuerdo a la Circular-Telefax 6/2005 emitida el 15 de marzo de 2005
De la Agencia Registradora Central (ARC)
La ARC no responderá por los daños y/o perjuicios que se causen, directa o indirectamente, por la utilización que se realice o pretenda realizarse de la IES, incluyendo los que se causen con motivo de la emisión, registro y revocación de Certificados Digitales.
De la Agencia Registradora (AR)
La AR deberá responder por las irregularidades que ocasione siempre y cuando se compruebe que el acto que originó la irregularidad, fue una conducta negligente llevada a cabo por la AR, en el proceso de Registro, Revocación o Administración de Certificados Digitales.
El límite de responsabilidad se establecerá en el contrato que haya suscrito el usuario. La AR no será responsable en los siguientes casos:
De la Agencia Certificadora (AC)
La AC deberá responder por las irregularidades que ocasione, siempre y cuando se compruebe que el acto que originó la irregularidad, fue una conducta negligente llevada a cabo por la AC, tanto en el proceso de identificación de los Titulares, como en la emisión de Certificados Digitales. El límite de responsabilidad se establecerá en el contrato que haya suscrito el usuario.
La AC no será responsable en los siguientes casos:
Del Titular
Responder por los daños y/o perjuicios que se causen directa o indirectamente, por la utilización indebida del Certificado Digital.
Responder por los daños y/o perjuicios que cause, por no cumplir con las obligaciones que establecen las disposiciones aplicables a la IES.
Emisión del certificado Digital
Revocación del certificado Digital
Consulta de descarga de CRL-IES-2021
Consulta o descarga individual de certificados digitales IES-2021
Guía para Generar Requerimiento de Certificado Digital
Solicitud de Emisión de Certificado Digital
Guía rápida
Esta es un guía para que usted tenga una perspectiva completa y rápida de cómo solicitar un Certificado Digital a través de nuestra Agencia Certificadora Cecoban.